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Artículos sobre gestión de cobros de facturas impagadas y recuperación de deudas
21/04/2020

Riesgos de los créditos rápidos

¿Cuántas veces has visto un anuncio ofreciendo créditos rápidos? Aunque en un primer instante puede parecer una buena idea para solucionar un problema económico puntual urgente, hay que tener claro que no todo es tan bonito como parece.

Precisamente por tratarse de un producto no demasiado restrictivo y que nos puede solicionar de manera casi instantanea nuestro problema, resulta muy fácil dejarse llevar. Cuando esto sucede, se suele firmar la concesión de crédito sin valorar las condiciones ni leer con detenimiento todo el contrato, incluida la letra pequeña.

Principales riesgos de solicitar un crédito rápido

Una de las características principales de los créditos rápidos es el sencillo proceso de solicitud y concesión de los mismos. La mejor manera de evitar riesgos es estudiar con detalle las condiciones del contrato, pricipalmente:

  • Tipos de interés: el gran peligro de los créditos rápido o mini créditos. Algunas empresas imponen tipos de interés que superan el 30%, lo que ha hecho que muchos juzgados los hayan considerado usurarios. A la hora de solicitar el microcrédito debemos de consultar la TAE. La TAE (Tasa Anual Equivalente) tiene en cuenta otro tipo de factores como las comisiones y los intereses de demora y nos informa del coste real de ese mini crédito.
  • Plazo de devolución del crédito rápido: cuanto más nos demoremos en devolver la cantidad prestada, más se encarecerá el crédito. Es importante fijarse en el tiempo de devolución ya que hay ocasiones en las que no superan los dos meses y, al no devolver la cuantía, empiezan a sumar los intereses de demora. 
  • Avales de los mini créditos: Un aval es una garantía adicional de que se van a cumplir las cuotas de devolución estipuladas. En los mini créditos hay muchas veces en los que para conceder el crédito se solicita un aval, como un coche o una vivienda.

Desde Cobradoronline.es os recomendamos que leáis el contrato con detenimiento y que en ningún caso firméis documento alguno que obligue al consumidor a poner como aval una vivienda o un coche. 

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